Aramaioko hilerria Zalgon ezagutu dugu denok. Baina, noski, beti ez da han egon. Atzera joan beharko genuke, 1858ra arte, ordukoa baita oraindik erabiltzen den kanposantua. Esan behar da, lehenago ere bazela Zalgon beste bat, txikia, ingurukoentzat erabiltzen zena, batez ere. Jakina den moduan, antzinatik ehorzketak elizan bertan egiten ziren, XIX. mendera arte. Eta Aramaion, mende horren erdi aldea burutu bitartean Ibarrako elizaren ondoko terreno batzuetan egokitu zen hilerria, kaletarrentzat. Auzoetan baziren beste batzuk, bertakoentzat.
Iristen gara
1855eko otsailaren 18ra eta, herriko alkatea Pedro Jose Lasaga delarik,
Udaletxera komunikatu bat heldu zen gobernadorearengandik. Eta, esan daiteke,
orduan hasi zen Zalgoko hilerri berriaren historia. Ikus dezagun zer gertatu
zen. Aipatu egun hartako apuntea da udal aktan:
“Se dio cuenta de
una comunicación del Sr. Gobernador de esta provincia, fecha diez y seis del
corriente, cuyo tenor literal es el siguiente: Vista la solicitud que han
dirigido a mi Autoridad varios vecinos de este Ayuntamiento, reclamando contra
la antihigiénica posición del cementerio de la población principal de Ibarra
que se halla situado en medio de ella y contra la abusiva costumbre de hacer
los enterramientos de cadáveres en las parroquias o templos de las dichas
anteiglesias, habida la consideración a lo que sobre el particular está mandado
por la legislación vigente de sanidad.
He dispuesto decir
a (Vmd). que reúna la corporación municipal que preside con el fin de que
acuerde lo conveniente para construir un nuevo cementerio en lugar a propósito,
previo informe de personas facultativas, o bien para que se habilite el antiguo
del término de Zalgo, si reúne buenas circunstancias higiénicas, pero de forma
que no se continúe haciendo inhumaciones en el que hoy se usa en el centro del
pueblo de Ibarra por ser perjudicial a la salud.
Prevengo a Vmd. además que de ningún modo tolere el que en las
anteiglesias se siga enterrando dentro de los templos y que adopte sin levantar
mano las medidas oportunas para que cada uno de los pueblos de ese valle
construya un pequeño cementerio con arreglo a las necesidades de su vecindario.
Y el Ayuntamiento enterado acordó que el cementerio antiguo de Zalgo
estaba muy lejos, de modo que no había quien quisiese conducir los cadáveres y
que por ese motivo y porque muchas veces se necesitaban ocho hombres para la
conducción, se construyó el nuevo cementerio a la parte del norte pegante a la
Iglesia parroquial de esta población principal de Ibarra, donde le dan todos
los vientos del Norte y no entra el Sol y que este Ayuntamiento hasta ahora no
había tenido ninguna queja sobre el particular, y que daría cuenta del citado
oficio del Sr. Gobernador a la Junta de Feligreses de dicha parroquia de
Ibarra, y que en vista de lo que determine la Feligresía resolverá también el
Ayuntamiento.
Y que respecto de las inhumaciones dentro de los templos en las
anteiglesias, se daría también cuenta a la Junta de Feligreses respectivas de
ellas del referido oficio, y que en vista de lo que determinases las insinuadas
Juntas de Feligresía resolvería también el Ayuntamiento”
Udalaren erabakiari segituan segitu zion
gobernadorearen erantzunak. Ikus martxoaren 28ko aktan idatzita dagoena:
“Se dio cuenta de
un oficio del Sr. Gobernador de esta provincia del veinte y dos del corriente
cuyo tenor literal es el siguiente: visto lo manifestado por la Junta de la
Parroquia del pueblo de Ibarra, que se derogue mi orden del diez y seis de
febrero último, relativa a la traslación del cementerio: considerando que en el
expediente de su razón obran documentos importantes y fehacientes como son el
acuerdo de la Junta Municipal de Sanidad, y el dictamen de los facultativos
titulares que comprueban la mala situación del expresado cementerio y las pésimas
condiciones higiénicas que reúne; y teniendo por último presente que probados
como se hallan dichos extremos, la legislación vigente de sanidad no consiente
que aquel continúe por más tiempo en el lugar que ocupa ni mucho menos que en
las anteiglesias se siga enterrando en el interior de los templos,
He acordado
desestimar la reclamación de la citada Junta de Parroquia y decir a Vmd. que
tenga por reproducida mi anterior disposición y que haga cumplir en todas sus
partes sin demora alguna y sin que sirva de excusa o pretexto ni aun la razón
aducida por dichas Juntas de hallarse pobre el pueblo, pues que de ser esto
cierto debe el Ayuntamiento arbitrar recursos o reclamarlos de la Diputación
foral según convenga.
Y el Ayuntamiento
acordó que dicha comunicación se pasase íntegra a los mayordomos de las
parroquias de este valle para que diesen cuenta a sus respectivas Feligresías,
y lo llevasen a efecto a costa de los fondos de sus respectivas iglesias,
mediante a que el Ayuntamiento no tiene fondos o que si quieren podrán pedir a
la Diputación foral dichos fondos, según dice el citado oficio”
Utziko dut
hurrengo baterako hilerriaren gaineko prozesua.
Argazkiak: JMVM
BIGARREN EKARPENA
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