azaroa 13, 2019

ARDO GORRIA ERRIOXATIK ARRASATERA. 1848



Mandoekin egiten zen ardo garraiaketa
Arrasateko Udalak arau batzuk eman zituen 1848an, zenbait arlotan, hiritarrek kontuan eduki zitzaten. Udal ordenantzetatik kanpo ere, izan ziren beste batzuk, esaterako,ardo gorriaren kontsumo eta hornikuntzari buruzko aginduak. Ardo gorria Errioxatik ekartzeko lehiaketa Frantzisko Arregi herritarrak irabazi zuen eta biharamunean udalak beheko arauak markatu eta adostu zituen Arregirekin. Garai hartako alkatea Mateo Nikolas Aranguren zen, Orellanako Markesa, gero Monterrongo kondearen titulua hartuko zuena. 

Irakur dezagun, 1848ko martxoaren 13an erabaki zena. Azpimarraketa nirea da:

"La comisión nombrada para arreglar la provisión del vino clarete para el consumo en esta villa expuso que en vista de la excitación que le ha hecho por el Ayuntamiento en la última sesión y encargo que se le dio acordó las bases para el remate y las condiciones para el efecto y publicados los anuncios para el remate de dicha provisión según costumbre, se procedió a él ayer  domingo después de los oficios divinos a la tarde, y quedó el remate bajo las condiciones dichas y al porte de cinco reales la cántara para D. Francisco Arregui, bajo las condiciones siguientes del porteo del vino clarete:
Arrasate, XIX.aren amaieran

1º Será obligación del rematante traer del punto de La Rioja donde el Ayuntamiento compre vino para el consumo a esta villa, en todo el presente año y el próximo venidero de 1849. 

2º Será obligación del rematante establecer las tres tabernas de costumbre en los parajes que presenten la mayor comodidad al público entendiéndose al efecto con el Ayuntamiento. Y por cada taberna pagará el rematante ochenta reales de vellón a esta villa. 

Será obligación del rematante satisfacer al Alcalde de esta villa un cuartillo de vino por cada carga que se consuma en esta villa.

Será obligación del rematante poner a disposición del Sr. Alcalde un novillo del país que embistan el año presente y otros dos novillos el año  próximo de 1849, para el día o días que dicho Sr. Alcalde le señale con ocho días de anticipación. 

5º El rematante pagará al dueño del vino que ajuste este Ayuntamiento en La Rioja el precio que hubiera aprobado. 

Al rematante se le abonará el mismo precio por cada cántara de vino que entregue en la Alhóndiga de esta villa y se venda para el consumo en ella, en papeletas o cédulas que le entregará el fiel, siendo de cargo y cuenta del rematante la cobranza del importe de ellas. 

7º Además del referido coste se le abonará también al rematante los derechos que se cobran por la entrada en esta provincia. 

Boteilatze eta lakratzea
8º No se abonarán al rematante más gastos, siendo por su cuenta todos los demás. 
9º El rematante deberá traer el mismo vino de La Rioja que le ordene el Ayuntamiento, para lo que tomará todas las garantías que quiera, debiendo traer botellas enlacradas y corchadas llenas del mismo vino que se encargó por esta villa. 
10º Si el vino que trae el rematante no confrontase con las muestras que conservará el Ayuntamiento, el mismo rematante deberá entenderse con el dueño, puesto que esta variación debe ser por culpa o malicia de uno de los dos. 

11º Siempre que falte vino en la Alhóndiga será responsable el rematante, puesto que el Ayuntamiento  comprará con anticipación, y deberá hacer un repuesto de cincuenta cántaras por lo menos”

Azpimarratuak nireak dira. Zer esanik ez, badira baldintza batzuk, oso bitxiak, baina zeharo ulergarriak garai hartako usadioei bagagozkie.Urtetako udal apunteei erreparatuz gero, ez bide zen oso erraza zerbitzuarekin asmatzea, alde bateko eta besteko kexak ugariak baitira.Edozein negoziotan bezala, noski.



Argazkiak: Mendia Bilduma eta anguera.com





 

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